¿Has recibido una resolución favorable de tu expediente de nacionalidad?

¿Has recibido una resolución favorable de tu expediente de nacionalidad? ¡Enhorabuena! Estás a un paso de conseguir tu pasaporte y DNI españoles. Lo único que te falta es realizar la JURA.   Pues bien, lo primero es solicitar cita para hacer la jura en el Registro Civil que corresponda por empadronamiento. Recuerda que hay un […]

¿Has recibido una resolución favorable de tu expediente de nacionalidad? ¡Enhorabuena! Estás a un paso de conseguir tu pasaporte y DNI españoles. Lo único que te falta es realizar la JURA.

 

Pues bien, lo primero es solicitar cita para hacer la jura en el Registro Civil que corresponda por empadronamiento.

Recuerda que hay un plazo establecido de 180 días para reservar fecha y hora de jura en el Registro correspondiente.

Si en tu municipio no existe un Registro Civil y únicamente cuenta con un Juzgado de Paz, deberás solicitar cita para la Jura en el Registro Civil de la capital del Partido Judicial en cuestión.

El dia de la cita, deberás aportar:

  • La resolución favorable de la concesión.
  • El pasaporte y NIE en vigor.
  • El certificado de empadronamiento.
  • Certificados de nacimiento y de penales que se presentaron junto al expediente.

En el Registro verificarán todos esos documentos y se rellenará un formulario para cumplimentar con los datos registrales.

Una vez hecha la jura, en un plazo que variará dependiendo del Registro Civil que corresponda, ya nos otorgarán la correspondiente Partida de Nacimiento como español/a, con la cual solicitaremos cita en la Policía para que nos expidan  el DNI y PASAPORTE españoles.

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