TIEMPO NECESARIO PARA SOLICITAR LA NACIONALIDAD POR RESIDENCIA.

Dentro de las formas de adquisición de la Nacionalidad española que se regulan en el Código Civil, la más empleada es la NACIONALIDAD POR RESIDENCIA. Para poder realizarla, el requisito principal es acreditar un tiempo de residencia legal y continuada que varía en función de cada supuesto: Como regla general, residencia durante 10 años. 5 […]

Dentro de las formas de adquisición de la Nacionalidad española que se regulan en el Código Civil, la más empleada es la NACIONALIDAD POR RESIDENCIA.

Para poder realizarla, el requisito principal es acreditar un tiempo de residencia legal y continuada que varía en función de cada supuesto:

  • Como regla general, residencia durante 10 años.
  • 5 años para personas refugiadas.
  • 2 años de residencia legal y continuada para nacionales de países iberoamericanos (Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o sefardíes).
  • Bastará con un año para quien haya nacido en territorio español, … el que al tiempo de la solicitud llevare 1 año casado con español/a y no estuviere separado legalmente o de hecho,… el viudo/a de español/a si a la muerte del cónyuge no existiere separación legal o de hecho.

También el nacido fuera de España de padre o madre, abuelo o abuela que originariamente hubieran sido españoles. O el que no haya ejercitado oportunamente la facultad de optar, o también el que haya estado sujeto legalmente a la tutela, curatela con facultades de representación plena, guarda o acogimiento de un ciudadano o institución españolas durante dos años consecutivos.

Es de máxima importancia el tener claros estos tiempos de residencia a la hora de tramitar la nacionalidad española.

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